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EL FUTURO REGLAMENTO DE ORDENACIÓN DEL TRANSPORTE
El subdirector general de Ordenación y Normativa del Ministerio de Fomento, Emilio Sidera, ha asegurado en una comparecencia pública que las consecuencias de la anulación por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del requisito de flota mínima harán que el gabinete que dirige Íñigo de la Serna establezca unas condiciones más exigentes a quienes quieran operar en el mercado español del transporte de mercancías.
“La principal consecuencia del fin de los tres camiones es que reforzaremos el nivel de exigencia para acceder al sector” y agregó que el Ministerio ya había salido rápidamente al quite de la sentencia del TJUE que constituyó el certificado de defunción de la flota mínima en España y el mismo día de la publicación del dictamen anunció mediante un comunicado que endurecería las condiciones de acceso al sector. En este sentido ha destacado que “todo aconseja reforzar los requisitos de acceso al mercado que sí siguen vigentes”, ha añadido, para enumerar después “establecimiento, competencia profesional, capacidad financiera y honorabilidad” y ha recordado que estos conceptos son “requisitos de acceso, pero también de mantenimiento de la autorización, es decir, el incumplimiento de cualquiera de ellos supone la pérdida de la autorización y la expulsión del mercado”.
El Sr. Sirera ha asegurado que el nuevo ROTT incorporará el criterio, ya establecido en la LOTT, de la necesaria disposición de medios electrónicos que permitan la contratación y la documentación del contrato de transporte a distancia, entre otras medidas.
En lo que al requisito de capacidad financiera se refiere, se mantienen los criterios actuales, es decir, se dará por incumplida esta condición si la empresa se declara insolvente o entra en concurso de acreedores. El reglamento comunitario que actualmente se discute en Bruselas “probablemente irá más allá y se pierda el requisito de capacidad financiera si existen deudas impagadas con la Administración”.
En cuanto al requisito de competencia profesional, según el cual “toda empresa deberá contar con un gestor de transporte que ostente este título”. Este gestor “debe estar dado de alta en la Seguridad Social, contratado a tiempo completo y en un grupo de cotización no inferior al de jefe de sección o jefe de taller”.
Asimismo ha hecho especial hincapié en el hecho de que este gestor de transporte “será el encargado de velar por el cumplimiento de la legalidad vigente y verificar que tanto la empresa como los colaboradores a los que recurra tienen todas las autorizaciones necesarias”. Y si no es así, “tanto el gestor como la propia empresa se enfrentan a la pérdida de la honorabilidad” y por tanto a su expulsión del mercado.
“El gestor de transporte debe velar para que toda la documentación expedida por la empresa se ajuste a la legalidad y para que todas las operaciones se incluyan en la contabilidad. Asigna conductores y trabajos, de modo que tiene que velar para que los chóferes tengan los permisos adecuados para el servicio que realicen y que estén en condiciones de hacerlo cumpliendo la normativa de tiempos de conducción y descanso. Supervisa también el estado de mantenimiento de la flota. Como ven, son muchas funciones. Probablemente ese gestor de transporte tendrá un equipo, pero la responsabilidad es suya”.
También ha afirmado que quienes tengan el certificado de competencia profesional seguirán ostentándolo y se convertirán en gestores de transporte. Sin embargo, quienes no lo tengan y deseen hacerlo deben tener cierta formación “al menos bachillerato o FP de grado medio”. Además, desaparecen las convocatorias masivas para la obtención del certificado de competencia profesional. “Ahora los exámenes serán individualizados y se harán a través de una aplicación informática desde la que también serán corregidos”, ha detallado.
“Quien quiera hacerse transportista o asume que puede aprobar un examen de cierto nivel o asume que tendrá que contratar a alguien de cierto nivel”, quien además ha anunciado que “se ha planteado que los servicios de inspección del transporte comprueben cada año que al menos el 25% de las empresas tienen su correspondiente gestor de transporte. Y si no lo tienen perderán la autorización”.
En cuanto a la entrada en vigor del nuevo Reglamento, el refuerzo de todos los requisitos de acceso al mercado desgranados en párrafos anteriores se incluirá en el texto que Fomento enviará “en muy breve plazo al Consejo de Estado para que emita su informe preceptivo y que será aprobado inmediatamente después”.
ANAGRUAL, informará puntualmente en el momento que se publique el citado reglamento.
Fuente: Ministerio Fomento